Cómo solicitar el alta y baja en el RETA para los comuneros
¿Cómo solicitar el alta y baja en el RETA para los comuneros?
Si eres miembro de una comunidad de bienes y deseas darte de alta o baja como trabajador autónomo en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), es importante conocer los trámites necesarios para llevarlo a cabo.
En este artículo, te explicamos los pasos a seguir y los requisitos que debes cumplir para solicitar el alta y baja en el RETA para los comuneros.
- ¿Quiénes pueden darse de alta como autónomos en una comunidad de bienes?
- ¿Cómo solicitar el alta en el RETA?
- ¿Cómo solicitar la baja en el RETA?
- ¿Qué requisitos deben cumplir los comuneros para darse de alta/baja en el RETA?
- ¿Cuál es la cuota mensual a pagar en el RETA?
- ¿Cuándo es necesario darse de alta en el RETA?
¿Quiénes pueden darse de alta como autónomos en una comunidad de bienes?
En primer lugar, es importante saber que las comunidades de bienes son un tipo de sociedad civil formada por dos o más personas que ponen en común bienes y recursos con un fin común.
Si eres miembro de una comunidad de bienes y estás ejerciendo una actividad económica por cuenta propia, debes darte de alta en el RETA como trabajador autónomo.
Nota: Si eres miembro de una comunidad de bienes y estás trabajando por cuenta ajena en la misma actividad económica, no es necesario que te des de alta en el RETA.
¿Cómo solicitar el alta en el RETA?
Para solicitar el alta en el RETA como autónomo en una comunidad de bienes, es necesario presentar una serie de documentos en la correspondiente Tesorería de la Seguridad Social. Estos documentos son:
- Solicitud de alta en el RETA, debidamente cumplimentada.
- Documento que acredite la constitución y titularidad de la comunidad de bienes (escrituras públicas o estatutos).
- Documento que acredite la representación de la persona que presenta la solicitud (poder notarial o acta de la junta de comuneros).
- Documento que acredite la identidad de la persona que presenta la solicitud (DNI o NIE).
Una vez presentados todos estos documentos, se procederá a la asignación del número de afiliación y se comunicará al interesado la cuota a ingresar en el RETA.
¿Cómo solicitar la baja en el RETA?
Si quieres darte de baja en el RETA como autónomo en una comunidad de bienes, deberás presentar en la correspondiente Tesorería de la Seguridad Social una solicitud de baja en el RETA, debidamente cumplimentada.
Es necesario tener en cuenta que la baja en el RETA no es inmediata, sino que tiene efectos desde el día primero del mes siguiente a aquel en que se haya presentado la solicitud de baja.
Nota: Si has cesado toda actividad económica por cuenta propia en la comunidad de bienes, es importante que solicites la baja en el RETA para evitar tener que seguir pagando la correspondiente cuota mensual.
¿Qué requisitos deben cumplir los comuneros para darse de alta/baja en el RETA?
Los requisitos que deben cumplir los comuneros para darse de alta/baja en el RETA como autónomos son:
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- Estar en pleno uso de sus capacidades y, en su caso, contar con la autorización de su representante legal.
- No estar incursos en ninguna de las causas de exclusión que se establecen en la Ley General de la Seguridad Social.
- Estar al corriente en el pago de las obligaciones con la Tesorería de la Seguridad Social, salvo que se trate de deudas aplazadas o fraccionadas.
¿Cuál es la cuota mensual a pagar en el RETA?
La cuota mensual a pagar en el RETA varía en función de la base de cotización elegida por el trabajador autónomo. La base de cotización es el importe en el que se valora la actividad económica del autónomo a efectos de cotización a la Seguridad Social.
En el caso de los miembros de una comunidad de bienes, la base de cotización deberá ser proporcional a la participación que cada comunero tenga en la misma.
¿Cuándo es necesario darse de alta en el RETA?
Es necesario darse de alta en el RETA como autónomo en una comunidad de bienes cuando se está ejerciendo una actividad económica por cuenta propia en la que se realizan actos de comercio, aunque estos no tengan una finalidad comercial explícita.
Es importante tener en cuenta que la falta de alta en el RETA puede tener consecuencias importantes, como la imposición de sanciones económicas o la pérdida de derechos y prestaciones en caso de accidente laboral o de enfermedad.
Por tanto, si eres miembro de una comunidad de bienes y estás ejerciendo una actividad económica por cuenta propia, no dudes en solicitar el alta en el RETA para asegurarte de estar cumpliendo con todas las obligaciones fiscales y de seguridad social correspondientes.